Procurador en accidente de tráfico


¿Necesito un procurador para reclamar mi accidente?

Con el nuevo baremo, ¿Es necesario contratar un procurador en accidente de tráfico? ¡Cuánto cuesta y cuándo se ha de pagar? ¿Me lo devuelve el seguro?

La figura del procurador en accidente de tráfico con lesiones, si bien no es nueva, era ciertamente inusual hasta hace poco. Y es que la reclamación de indemnización se solía efectuar en vía penal, y concretamente a través de los ya extintos juicios de faltas. Una de las particularidades de este tipo de juicio es que no era preceptivo la participación del citado profesional, por lo que rara vez se utilizaban para no incrementar los costes del procedimiento a cargo del cliente.

No obstante, con el nuevo baremo de tráfico y previamente con la desaparición de los juicios de faltas en la última reforma del código penal, la única vía judicial para reclamar una indemnización por lesiones en accidente de circulación es la civil, a través del pertinente procedimiento declarativo (verbal u ordinario, en función de si lo reclamado es inferior o superior a seis mil euros, respectivamente). Este procedimiento declarativo requiere de la intervención de abogado y de procurador.

Por lo tanto, habremos de acostumbrarnos a la particupación de un procurador en accidente de tráfico, dicho lo cual posiblemente le surjan al ciudadano ajeno al mundo del derecho una serie de dudas, que trataremos de responder en este artículo.

Para empezar, ¿qué se supone que hace un procurador?

Pues es una pregunta que tiene su miga, tanta que si se la plantea directamente a un procurador es muy probable que éste se enfade. En los corrillos jurídicos, y sobre todo en el de abogados, existe una corriente de opinión no minoritaria en el sentido de entender que hoy por hoy muchas de las funciones de un procurador las podría hacer directamente el abogado, ahorrándose así el cliente el sobrecoste de la intervención del un segundo profesional.

Por explicarlo de una manera muy básica, diríamos que el procurador en accidente de tráfico es el representante del lesionado en el juzgado. Así, es el que entrega la demanda que redacta su abogado, el que recoje en su nombre la contestación a la demanda de la compañía de seguros, y en definitiva es su enlace con el tribunal, a fin de entregar y recojer todas las notificaciones relativas a su caso. La cuestión es que hoy en día, en que las demandas, contestaciones, escritos y citaciones se efectúan telemáticamente a través del sistema Lexnet, la intervención del procurador pasa en este sentido a reducirse a reenviar al abogado los mails que recibe del juzgado, y al juzgado los recibidos del abogado.

Asimismo el procurador en accidente de tráfico le representará en el día del juicio, para lo cual previamente deberá usted apoderarlo bien mediante poderes notariales o bien mediante comparecencia en el juzgado a tales efectos (lo que se conoce como comparecencia apud acta). Esta representación se traduce en que su procurador estará presente en el acto del juicio, sentado al lado de su abogado, pero sin hablar ni hacer nada más que estar. De hecho, muchos jueces dispensan a los procuradores, esto es, una vez iniciado el juicio les hacen una señal para que abandonen la sala, ya que nada útil están haciendo en la misma.

Hace poco, en el anteproyecto de la ley de servicios profesionales, que finalmente se ha suspendido sine die, levantaba la incompatibilidad de los abogados de realizar las funciones de los procuradores, esto es, abría la puerta a que el propio abogado asumiera las funciones de un procurador en accidente de tráfico. Ante las protestas del sector, como decimos, esta ley parece haber ido a parar a un cajón en algún ministerio, si bien el debate sobre la necesidad del procurador sigue en la calle.

¿Cuánto cuesta un procurador en accidente de tráfico y cuándo se le ha de pagar?

Los procuradores tienen sus honorarios tasados, esto es, no los fijan ellos sino que les vienen regulados. Sus derechos se componen de un fijo por el tipo de juicio y de una variable en función de lo reclamado, y se le añade gastos que hayan tenido, tales como tasas, fotocopias, etc. Por ejemplo, si nos encontráramos ante la típica demanda de 4.000 euros para una indemnización por un latigazo cervical, posiblemente la factura del procurador en accidente de tráfico esté entre los doscientos cincuenta y los cuatrocientos euros.

Tradicionalmente los procuradores suelen cobrar sus honorarios por adelantado. Es lo que se conoce como provisión de fondos, la cual suele coincidir con el importe final que nos cobre el profesional, por lo que más que provisión cabría hablar de pago por anticipado. No obstante, normalmente los abogados especializados en accidentes de tráfico solemos llegar a acuerdos con los mismos para que cobren su minuta al final del procedimiento. Este trato de favor es debido a que por un lado los procuradores saben que el tipo de pago que se pacta con el cliente en estos casos consiste en una cantidad (normalmente un porcentaje) cuando el cliente ya ha cobrado, y por otro a que salvo culpa exclusiva de la víctima, el demandante siempre acaba cobrando una indemnización -mayor o menor, eso sí-, indemnización que además se le entrega primero al procurador para entregarla luego al cliente, por lo que el riesgo de impago es ínfimo.

¿Cubre mi seguro el procurador?

Si es usted el asegurado, o era el conductor autorizado, o -en algunas compañías de seguros- iba de ocupante, puede estar cubierto por la cobertura de defensa jurídica o libre designa de su póliza. Esta cobertura, en esencia, implica que si usted contrata a un abogado y/o un procurador, siempre que la intervención de ambos en el procedimiento de reclamación de indemnización sea preceptiva, su seguro le devolverá los honorarios que les pague (con alguna limitación que veremos ahora)

Ha de ponerse el acento en que para que le devuelvan la minuta de estos dos profesionales (las pólizas actuales sólo se refieren a abogado y procurador, y no a otros profesionales como peritos médicos o reconstructores de accidentes) han de intervenir estos en un procedimiento en que sea necesaria su intervención. Por esa razón cuando las indemnizaciones se reclamaban por vía de juicios de faltas, no se devolvía habitualmente la minuta de los procuradores.

Y hemos de tener en cuenta también que la cobertura de libre designa está limitada cuantitativamente en un doble sentido:

  1. Existe una cantidad máxima de devolución: por ejemplo, en Mapfre son 600 euros, por lo que si el abogado nos cuesta 800 y el procurador 200, no recuperaremos los 400 euros que excedan del límite.
  2. Dicha cantidad, además, no es por accidentado, sino por siniestro. Así, si tres ocupantes de un mismo coche resultan con lesiones y cada uno contrata un procurador en accidente de tráfico y un abogado, el importe de la cobertura se dividirá entre tres.
 

Obviamente, si hubiera condena en costas, el seguro contrario debería hacerse cargo de la minuta del procurador y de la del abogado de accidente de tráfico. El problema en este tipo de asuntos es que para que condenen en costas a la aseguradora es necesario que la sentencia le dé la razón en todo, esto es, que si reclama 12.565,22 euros por sus lesiones la sentencia refleje exactamente esta cantidad. Baste con que le recorten un céntimo para que se considere una estimación parcial y en consecuencia no se declare la condena en costas de la contraparte.

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