Todo lo que debe saber sobre los plazos de prescripción en accidente de tráfico
¿Cuáles son los plazos de prescripción en accidente de tráfico? ¿Hasta cuándo puedo reclamar a la compañía de seguros? ¿Qué dice el nuevo baremo?
Existe un cúmulo de pequeñas confusiones respecto de los plazos de prescripción en accidente de tráfico, esto es, a partir de qué momento se extingue nuestro derecho a reclamar por daños materiales o por lesiones ante la compañía de seguros causante del siniestro. El nuevo baremo de accidentes, con su mecánica algo confusa de reclamación de indemnizaciones, ha contribuído a que el tema de las prescripciones sea todavía menos nítido.
Plazos de prescripción en accidente de tráfico: El Código Civil
Si les parece, vamos a ir de lo genérico a cada caso particular. Así, a falta de una norma concreta que indique cuáles son los plazos de prescripción en accidente de tráfico, deberemos estar a la norma genérica, que dice:
Artículo 1969
El tiempo para la prescripción de toda clase de acciones, cuando no haya disposición especial que otra cosa determine, se contará desde el día en que pudieron ejercitarse.
Por su parte, el artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, establece:
El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año.
Si nos vamos a la responsabilidad extracontractual del 1902 del CC (por aquello de esquivar a la aseguradora y reclamar frente al conductor responsable) también nos toparemos con el plazo de un año.
A partir de esta norma general, como veremos a continuación, deberemos dar un diferente tratamiento a la reclamación de los daños materiales y de las lesiones (salvo que la idea sea reclamar ambas cosas)
Así, el plazo de prescripción para reclamar nuestro coche o moto es de un año a contar desde que sufrimos el accidente de tráfico, ya que no existe un requisito legal previo a la interposición de la demanda que pueda servirnos para dilatar el plazo genérico. Eso sí, hemos de dejar a salvo -tanto para las lesiones como para los daños materiales- la posibilidad que tenemos de interrumpir la prescripción.
Plazos de prescripción en accidente de tráfico para la reclamación por lesiones
Si hiciéramos un análisis simplista, podríamos pensar que para la reclamación de daños personales también contamos con un plazo máximo de un año a contar desde la fecha en que tuvo lugar el accidente de tráfico. Sin embargo, hay una serie de factores que combinados con cierta parte del precepto legal -«se contará desde el día en que pudieron ejercitarse«- nos lleva a conclusiones diferentes.
Por ejemplo, es necesario que la demanda que se interponga contra la compañía contraria esté cuantificada, esto es, que se fije una cantidad determinada que se reclama como indemnización frente a la aseguradora. Dicha indemnización, como sabemos, se compone de un importe por días de sanidad, por secuelas, por incapacidades, etc. Por lo tanto, hasta que todos estos conceptos no puedan calcularse se entenderá que no se da la condición necesaria para que empiece a correr el año de prescripción. De esta manera, los plazos de prescripción en accidente de tráfico serían de un año a contar desde:
- El momento en que el accidentado recibe el alta en rehabilitación o sus lesiones se estabilizan y se convierten en secuelas.
- El momento en que se puede determinar de forma precisa las secuelas derivadas del accidente de tráfico.
- El momento en que se concede al accidentado algún grado de incapacidad laboral a consecuencia del siniestro.
En caso de que concurra más de una de las circunstancias anteriormente indicadas, obviamente deberemos estar a la que más tarde se produzca de entre las concurrentes.
Plazos de prescripción en accidente de tráfico: y llegó el baremo 2016
Lo explicado hasta aquí nos habría servido para un accidente de circulación acaecido antes del año 2016. A partir de ese momento, el nuevo baremo de accidentes introduce por vía de una reforma de la LRCSCVM una serie de requisitos previos a la interposición de la demanda, dándose a peculiaridad de que cada uno de ellos interrumpe la prescripción.
- Así, la remisión a la aseguradora de la reclamación inicial interrumpe la prescripción.
- También reinicia por un año el cómputo del a prescripción la remisión por la aseguradora de la oferta o la respuesta motivada.
- La solicitud de médico forense o la disconformidad con la oferta motivada en base a informe pericial tiene los mismos efectos
- Si frente a a reclamación inicial no se produce respuesta por parte de la aseguradora, los plazos de prescripción en accidente de tráfico deberán contar a partir de los tres meses en que se remitió la reclamación inicial.
En suma, calcular el momento en que nos prescribe la acción de reclamación frente al seguro consiste en reunir las fechas en que por motivos de la fijación del quantum (las que veíamos en el apartado anterior) o del devenir de la reclamación, y contar un año a partir de la más tardía.
Un caso especial: Varios accidentados
Es una situación sobre la que no he leído nada a nivel doctrinal, pero que muy bien puede darse: supongamos que en un accidente de tráfico resultan varias personas lesionadas. Obviamente, el tiempo de curación de cada una de ellas -y por ende los tiempos de reclamación- serán diferentes. Si hemos de acudir a juicio, pues, no será raro que el año de prescripción pueda haber transcurrido para alguno de los accidentados que se recuperaron antes.
Lo ideal en casos como éste es que se hubiera interrumpido la prescripción para los primeros lesionados, pero en todo caso entiendo que si no se hizo así la acción no está prescrita, poniendo en contacto el contenido del artículo 1969 del CC con el 421 de la LEC. Dicho más claramente: si cada accidentado demandara sin «esperar» al resto de perjudicados, se produciría una litispendencia o una cosa juzgada. Por lo tanto, deberemos entender en el caso de accidente de tráfico con varios perjudicados que el plazo de prescripción de todos comienza a contar desde que lo hace el del que más tarde en poder ejercitar su acción.
Fuente: FM Abogados Accidente Tráfico Tenerife
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