plataforma sdp-lex para abogados y aseguradoras

Plataforma sdp-lex para abogados y aseguradoras en accidentes de tráfico


Les presentamos la plataforma sdp-lex

Se ultiman los detalles de la plataforma sdp-lex, que facilitará la comunicación entre abogados y aseguradoras en reclamaciones por accidentes de tráfico.

Me comenta la próxima puesta en funcionamiento de la plataforma sdp-lex el compañero Iván Hernández -Ihermon, para los habituales de nuestros foros de accidentes-. Ya algún otro compañero previamente había tenido también la gentileza de sugerirme éste entre los temas a publicar en nuestros monográficos de FM Abogados Accidentes Tráfico , pero la verdad es que hasta hoy no me había decidido a abordar el asunto.

En pocas palabras, la plataforma sdp-lex es una herramienta creada por Tirea (que es la entidad que actualmente se ocupa por ejemplo de las comunicaciones entre compañías de seguros, o de éstas con los centros de rehabilitación concertados) en colaboración con el Consejo General de la Abogacía y la patronal de las aseguradoras (Unespa). Su finalidad es hacer más rápida, homogénea y segura la comunicación entre los abogados de las víctimas y las compañías de seguros.

Las comunicaciones abogado-seguro a fecha de hoy

El nuevo baremo de tráfico (ley 35/2015) establece en su artículo 7 un protocolo de comunicaciones entre el letrado del accidentado y la compañía de seguros que podría resumirse como sigue:

  1. El letrado del accidentado remite al seguro una reclamación inicial en la cual explicita la dinámica del accidente, indica los datos de los intervinientes y efectúa la pertinente reclamación. Además, se acompañan documentos médicos relevantes y se acredita la representación del letrado.
  2. El seguro, una vez recibida esta reclamación, dispone de un plazo máximo de tres meses para realizar una de estas actuaciones:
    1. Enviar al representado del lesionado una oferta motivada de indemnización.
    2. Enviar una respuesta motivada junto con un ofrecimiento de cantidad a cuenta si las lesiones del accidentado aún no se han estabilizado y por ende no pueden ser valoradas/cuantificadas.
    3. Enviar una respuesta motivada si considera que no ha de abonar indemnización alguna.
    4. No hacer nada, lo que transcurridos tres meses se equiparará a una respuesta motivada como la del numeral anterior.
  3. Una vez el abogado del accidentado recibe la oferta/respuesta motivada del seguro, o transcurren los tres meses, puede proceder a interponer la oportuna demanda.

El sistema es algo más complicado, y lo pueden encontrar en nuestro monográfico sobre la reclamación previa ante la compañía de seguros. Lo que quiero explicar aquí es que en esta época previa a la plataforma sdp-lex todas estas comunicaciones se están haciendo por conductos extremadamente caros (burofax con acuse y certificación) o por otros poco seguros (fax o correo electrónico) que dejaban serias dudas sobre la efectiva recepción de las reclamaciones, su fecha, y sobre si los modelos de éstas cumplían o no con todos los requisitos establecidos por la ley 35/2015.

La plataforma sdp-lex

La herramienta sdp-lex, dentro de este contexto, funcionará como una interfaz a la que las partes (abogados y aseguradoras) se conectarán una vez identificadas. En el caso de los letrados, esta identificación se efectuará a través de nuestro carnet colegial, de forma similar a la que hoy por hoy utilizamos para acceder al inefable LexNet.

Hemos contactado, para preparar este monográfico, con el grupo Tirea. Muy amablemente, nos han remitido información sobre su funcionamiento, así como aclarado algunas dudas que nos suscitaba la plataforma sdp-lex. Adjunto a continuación infografía sobre cómo se gestionará la comunicación entre las partes con este sistema:

plataforma sdp-lex como funciona

El sistema pinta tan útil como sencillo, y la verdad es que no plantea demasiadas dudas. Un «pero» que se le podría poner es que así como por un lado todos los tramitadores de una aseguradora podrán acceder a la plataforma sdp-lex como pertenecientes a una de las partes (por ejemplo, Mapfre), al otro lado de la aplicación sólo el ordenador vinculado al lector que contenga la tarjeta colegial del titular del despacho podrá ser utilizado para acceder al sistema, lo cual para despachos medianos o grandes donde la tramitación es cosa de varias personas puede crear un cierto efecto cuello de botella.

¿Cuándo estará en funcionamiento la plataforma?

Por las noticias que nos llegan, la herramienta en sí ya está terminada, y ahora se encuentra en fase de que las diferentes aseguradoras diseñen las pasarelas necesarias para «acoplarse» al mismo. Una vez suceda esto, y de manera gradual, se irán incorporando las compañías. Se prevé que para principios de 2018 la plataforma esté ya plenamente operativa.

 

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