Informe médico en accidente de tráfico


Informe médico en accidente de tráfico como base de la indemnización

Con la nueva ley, para cobrar la indemnización es esencial contar con un informe médico en accidente de tráfico elaborado por un perito valorador o forense

Muchas veces, a la hora de calibrar los factores que nos permiten cobrar del seguro la indemnización por lesiones que nos corresponde, nos centramos en cuestiones como la culpa o el método para llevar a cabo la reclamación, y nos olvidamos del más importante: el informe médico en accidente de tráfico.

Y es que de nada nos sirve que quede acreditada la culpa del contrario, o que nuestro abogado sea el mejor del mundo, si no conseguimos acreditar ante el juez qué daños personales hemos sufrido a raíz del siniestro. Por lo tanto, hoy vamos a tratar de todo aquéllo que debemos tener en cuenta respecto al informe médico que nos ha de servir de base para la reclamación.

¿Por qué un informe pericial y no el de alta?

Es una pregunta que nos hacen con bastante frecuencia los clientes. ¿Por qué se ha de acudir a un forense o un perito médico valorador para que nos hagan un informe médico en accidente de tráfico si cuando recibimos el alta de rehabilitación el médico que nos ha estado atendiendo a lo largo del procedimiento de sanación nos ha entregado un informe completo? Es más, ¿no tiene mayor credibilidad ante un juez el informe del médico que nos ha hecho el seguimiento y que en principio no tiene un interés en el asunto antes que el de un perito de parte que como mucho nos habrá examinado en un par de ocasiones?

La respuesta radica en la propia esencia del informe. Cuando el médico que nos ha venido tratando nos entrega el informe de alta, lo hace como médico y no como perito. Esto puede parecer una diferenciación absurda, pero no lo es. Por ejemplo, si mi médico me atiende por un esguince cervical sufrido a consecuencia de un accidente de tráfico y al examinar las pruebas se topa con una protusión en la zona que pudiera no ser del accidente, aprovechará para tratarla también, puesto que como médico no tiene que diferenciar entre dolencias derivadas del accidente o no. Tampoco nuestro médico rehabilitador va a indicar cuántos de los días que hemos tardado en curar son impeditivos o no impeditivos, ni muy probablemente harán constar las cicatrices que nos queden, ya que a los efectos de curación médica son irrelevantes.

Es por esto, entre otras cosas, que los jueces exigen que la reclamación de indemnización por lesiones venga acompañada de un informe médico en accidente de tráfico redactado por un perito médico valorador.

¿Qué ha de contener el informe pericial médico?

Cada valorador tiene su propio modelo de informe pericial, pero en esencia casi todos suelen contener lo siguiente:

    • Una breve (o no tan breve) identificación y reseña profesional del propio valorador (su especialidad, número de colegiado, si ha hecho algún curso de valoración del daño corporal, años de ejercicio, etc)
    • Los datos de filiación del lesionado y un breve resumen de la dinámica del accidente de tráfico.
    • Un resumen de todas las pruebas y tratamiento que se le ha practicado al accidentado.
    • Entradillas ordenadas cronológicamente con las veces que el perito médico ha visitado al lesionado, y las impresiones y evolución que a la exploración ha ido encontrando.
  • Fase de conclusiones, donde se indica el número de días de sanidad, la categoría de éstos (hospitalarios, impeditivos y no impeditivos) y las diferentes secuelas derivadas o agravadas por el accidente, así como su puntuación. Si existe alguna incapacidad asimismo se hace constar. Es también habitual que en este apartado el valorador médico explique por qué a su juicio -por ejemplo- unos determinados días han de considerarse como no  impeditivos o por qué una secuela debería valorarse en un escala de puntuación más elevada.

¿Es suficiente con conseguir un informe pericial?

Si el asunto se acaba transaccionando de forma amistosa con la compañía de seguros contraria, obviamente nos basta con conseguir un informe médico en accidente de tráfico que reuna las características indicadas en el anterior apartado, pero si al final hay que acudir a juicio precisaremos que nuestro perito médico acuda al mismo a ratificarlo.

Y más de uno se preguntará qué sentido tiene hacer ir a un médico a un juicio para que repita lo que ya ha puesto por escrito. Existen dos razones, una jurídica y otra de sentido común. La jurídica nos viene a decir que un documento privado cuyo autor no comparece en juicio para aseverar que es suyo tiene un valor probatorio cercano a cero. Pero, además, hemos de tener en cuenta una cosa: el juez que determine la indemnización que nos corresponde no tiene conocimientos de medicina. Por lo tanto, es preciso explicarle -y si puede ser de forma didáctica- por qué ha de incluir o no una determinada secuela. Si usted quiere reclamar por sus lesiones y el día del juicio el único perito médico que comparece es el de la aseguradora contraria, empiece a dar por hecho que tiene poco que hacer en el procedimiento, ya que el abogado del seguro le irá soltando una a una todas las preguntas que han pactado antes de entrar y el valorador aprovechará para desgranar todos sus razonamientos. Mientras, verá que el juez va escribiendo apresuradamente toda la parrafada que suelte el perito, a fin de luego reproducirla en la sentencia. Y claro, su propio abogado poco podrá hacer para rebatir al perito contrario en un campo que domina mucho más éste que aquél.

el-informe-medico-pericial-necesita-de-pruebas-como-resonanciasVale, ¿y cuál es el informe médico en accidente de tráfico que debería conseguir?

Existen, si los clasificamos por la procedencia del valorador que los redacta, tres tipos de de informes médicos que pueden servirle para reclamar su indemnización en accidente de tráfico. Se los detallamos a continuación con sus pros y sus contras:

    1. El informe médico en accidente de tráfico que elabore el perito valorador de la compañía de seguros culpable. Si a usted no le gusta discutir, y de paso tampoco necesita el dinero, ésta es la fórmula que mejor se adecúa a usted. La cosa es tan sencilla como dejarse valorar por el médico del seguro y esperar un par de semanas a que el tramitador contrario (o incluso el de su aseguradora) le llamen para decirle lo que le van a pagar. No hace falta pelearse, ni ha de acudir a abogados ni pagar peritos. Eso sí, obviamente acabará cobrando una indemnización que de media será un 30% de lo que realmente le corresponde, pero si es usted de esa clase de personas que cuando va a vender su coche permite que el precio lo ponga el comprador, sin duda ésta es la manera de no complicarse la vida.
    1. El informe forense. Durante muchos años la inmensa mayoría de reclamaciones que efectuaban los perjudicados se basaban en el informe médico en accidente de tráfico elaborado por el médico del juzgado. De hecho, tanto ha arraigado esta costumbre que incluso a los peritos privados muchos accidentados siguen llamándolos forenses, cuando los únicos que ostentan ese título son los que prestan servicios para el ministerio de justicia. Las ventajas de utilizar un informe forense son en esencia dos: por un lado es gratuito y por otro se le presume al forense una objetividad que no tienen los peritos médicos de parte y que hace que en caso de duda el juez se decante por aquél. Como contrapartida hay también dos razones para buscar otra opción: en primer lugar, el forense no acudirá a juicio, por lo que nos encontramos con el caso que describíamos antes de que el día de la vista aparecerá el médico del seguro, pero nadie que defienda nuestra postura; por otro lado, si el informe forense no toma en consideración las lesiones que nosotros creemos tener, por mucho que contratemos entonces un perito privado será muy difícil «remontar el vuelo».
  1. Un informe pericial de parte: Se trataría de que el lesionado contratara un perito valorador que elaborara un informe médico en accidente de tráfico en base al cual realizar la reclamación. La «pega» de este sistema es evidente: el cliente ha de pagar a ese perito para que haga el informe y para que llegado el caso acuda a juicio. Las ventajes, eso sí, son también visibles: por un lado contaríamos con un perito que defienda nuestra postura respecto de las lesiones sufridas (cosa que como hemos indicado no pasa siempre con el forense, y nunca con el perito contrario) y por otro el día del juicio estaríamos en igualdad de condiciones con la aseguradora.

Pero, ¿cuánto cuesta un informe pericial?

Cuando con la despenalización de las faltas en julio de 2015 se dejó de poder acudir al médico forense para elaborar el informe médico en accidente de tráfico, muchos abogados especializados en derecho de la circulación se echaron las manos a la cabeza. Acostumbrados a explicar a los clientes que sólo pagarían los honorarios cuando ellos mismos hubieran cobrado su indemnización, ¿cómo explicarles ahora que deberían abonar al principio del procedimiento la factura de un perito médico privado?

Y entonces empezaron a llamar a peritos valoradores, a fin de encontrar alguno que aunara buen hacer y buen precio, para ver si el «susto» que deberían darle a sus clientes era mucho o no. La respuesta fue descorazonadora: los honorarios de un perito valorador por redacción de informe y asistencia a juicio oscilan entre 500 y 700 euros por lesionado. En todo caso, si el bufete que demanda los servicios tiene un volumen importante de asuntos, podrían rebajarlo a 400 euros, pero nunca menos.

 

En FM Abogados Tenerife optamos por coger el toro por los cuernos, y cuando empezamos a ver el rumbo de los acontecimientos incorporamos a nuestro equipo nuestro propio perito valorador en exclusiva. Las ventajas: el cliente es valorado por el perito médico sin salir de nuestras instalaciones, y además no ha de anticipar cantidad alguna, ya que dentro del 15 por ciento que nos paga al final está incluida la factura del médico.

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