Oferta motivada fantasma – Accidente de tráfico con Allianz

La última de Allianz: la oferta motivada fantasma

Si ha resultado con lesiones en un accidente de tráfico y la compañía de seguros culpable es Allianz, prepárese a recibir una oferta motivada fantasma.

Oferta motivada fantasma - Accidente de tráfico con Allianz Posiblemente ni los abogados especializados en tráfico habrán oído hablar de la oferta motivada fantasma que al parecer ha patentado la aseguradora Allianz. De hecho en FM Abogados no nos habíamos topado con este nuevo artificio de las aseguradoras hasta hace un par de semanas, en que se dio el primer caso. En este breve lapso de tiempo, ya hemos recibido un par más, así que deduzco que no se trata de un caso aislado, sino de una nueva estrategia diseñada por esta compañía de seguros.

Breve repaso sobre la oferta y la respuesta motivada

Como sabrán, desde que el infausto baremo de tráfico 2016 hizo su aparición en nuestras vidas las aseguradoras disponen de un plazo de tres meses a contar desde la reclamación inicial de la víctima para remitir una oferta motivada en la que desglosen las cantidades que están dispuestas a pagar en concepto de indemnización por lesiones. Asimismo, cuentan las compañías de seguros con la posibilidad de remitir a los accidentados una respuesta motivada, que al contrario de la oferta es un comunicado por el que explican los motivos por los que consideran que no procede indemnización alguna. El baremo concede al accidentado que no esté de acuerdo con la oferta motivada la posibilidad de solicitar de manera gratuita ser visitado por un médico forense, de tal manera que pueda rebatir las conclusiones en que se basa dicha oferta. En cambio, los accidentados que reciben una respuesta motivada (o que meramente no reciben respuesta alguna por parte de la aseguradora transcurridos los tres meses desde la reclamación inicial) no disponen de esa posibilidad, y si desean reclamar su indemnización deberán contratar primero un perito médico privado y luego acudir a juicio. Obviamente, esta potestad de las aseguradoras de «jugar» con la remisión o no de la oferta motivada ha dado pie a infinidad de corruptelas que hemos denunciado en este blog, tales como las ofertas telefónicas que al no dejar constancia escrita fuerzan al accidentado a aceptarlas o bien a pagarse un perito valorador. Pues bien, Alianz ha dado un paso más en esta línea: les presentamos la oferta motivada fantasma

¿Qué rábanos es la oferta motivada fantasma?

Observen la captura de pantalla que acompaña estas líneas. A primera vista a los abogados del ramo les sonará a una oferta motivada tradicional: aparecen los datos del oferta motivada fantasma allianzsiniestro, del lesionado, se desglosan y ponen a disposición una serie de cantidades a fin de alcanzar una transacción extrajudicial. Pero, si se fijan bien, hacia final del documento y en mayúscula el tramitador de Allianz nos avisa de que «ESTE DOCUMENTO NO CONSTITUYE OFERTA MOTIVADA». La primera reacción -al menos la mía- fue de perplejidad, no porque no esté acostumbrado a ver cómo las aseguradoras se empecinan cada jornada en retorcer más y más un baremo hecho a su medida, sino porque no alcanzaba a ver qué beneficios le reporta a Allianz remitir una oferta motivada fantasma. Tras mucho cavilar, se me ocurren tres. El primero tendría que ver con la posibilidad del accidentado de solicitar un forense. Si la oferta motivada se remite como oferta no motivada en principio no se dan los requisitos necesarios para poder interesar al Instituto de Medicina Legal que el accidentado sea valorado por un médico forense. El segundo beneficio tendría que ver con los plazos. Dado que para interponer una demanda hemos de adjuntar la oferta motivada o bien esperar tres meses desde la reclamación, podría entenderse que esta oferta motivada fantasma no nos habilitaría para acudir al juzgado. A nivel personal, eso sí, estoy por apostar que si presento este documento junto con la demanda no hay juez en el mundo que me la inadmita, pero por si acaso no intenten hacerlo en sus casas. El tercer beneficio es más sutil. Sabemos que el perjudicado tiene derecho a percibir la cantidad ofertada por la aseguradora sin renunciar al ejercicio de futuras acciones. Esto es, yo como lesionado puedo cobrar el importe de la oferta motivada y luego reclamar en el juzgado la diferencia entre lo percibido y la indemnización que yo considere justa. Entiendo que al tratarse de una oferta motivada fantasma aquí Allianz se negaría a darnos este privilegio que contempla el baremo. En definitiva, de esta manera nuestros filantrópicos amigos de Allianz nos pasan una oferta que no lo es y que o bien aceptamos o bien nos veremos abocados a esperar sin cobrar cantidad a cuenta alguna a que venza el plazo de tres meses para poder interponer una demanda, a la que además deberemos aportar un informe pericial de pago ya que se nos impide ser valorados gratuitamente por un forense. Y el colmo del cinismo será -ya me estoy preparando para presenciarlo- cuando en el acto de juicio pretenda encima el abogado de Allianz ahorrarse los intereses de demora, alegando que desde el primer momento mostraron su predisposición a pagar la indemnización al perjudicado.  

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