Pasos a seguir si mi abogado no me da factura
¿Qué puedo hacer si mi abogado no me da factura? Siga estos consejos si su letrado se niega a entregarle su minuta de honorarios.
Mi abogado no me da factura de lo que me ha cobrado y no sé cómo obligarle. Es una queja que por desgracia todavía se oye de tanto en tanto y que, caso de ser cierta, no nos deja muy bien a los profesionales del derecho. Vamos a abordar este desagradable asunto, a fin de explicar los derechos que como clientes de un abogado tienen y las formas en que pueden hacer valer éstos.
¿Es obligatorio que los letrados extiendan una factura por sus servicios?
Obviamente sí. Los letrados, más allá de que se nos considere colaboradores de la justicia, somos en el fondo trabajadores autónomos y como tales cotizamos y estamos obligados a expedir factura (aunque la llamemos minuta de honorarios) por los servicios que le cobramos al cliente, y posteriormente declarar dicha factura como rendimientos del trabajo.
La minuta de honorarios, además, ha de desglosar de forma clara el trabajo efectuado, e incorporar el IVA o el IGIC correspondiente. Es obligatorio, además, que las cantidades a percibir por los servicios prestados se hayan pactado o anunciado previamente al cliente, ya que en caso contrario la factura deberá adaptarse a las normas orientadoras del colegio profesional al que pertenezca el letrado.
De hecho, a los abogados se nos viene insistiendo desde hace bastante tiempo por parte de nuestros respectivos colegios en la necesidad de firmar conjuntamente con el cliente una hoja de encargo en la que se recojan los derechos y obligaciones de ambas partes y las cantidades o criterios a aplicar para calcular el coste final de nuestro servicio.
Esto es importante, porque detrás de un mi abogado no me da factura en ocasiones se esconde esa práctica poco recomendable de algunos letrados de ir cobrando cantidades a los clientes en base a las propias necesidades del despacho o del tiempo que un determinado expediente se esté tramitando. Esto implica que muchas veces los criterios y plazos de cobros no queden claro para el cliente, que ve cómo de forma inopinada y sin nada que parezca justificarlo recibe una llamada reclamando una provisión adicional. Además, como esos pagos muchas veces se hacen en metálico y no pueden ser desgravados por el cliente, alimentan la predisposición de algún compañero de solventarlo con un mero recibo.
Mi abogado no me da factura, ¿qué hago?
Esa situación de ascendencia que en muchos casos tiene el jurista sobre sus clientes hace que éstos no se planten si se da la circunstancia de que el dinero que se le entrega a aquél no viene correspondido por la preceptiva factura. El usuario del despacho puede fácilmente pensar que si se niega a pagar no tardará en recibir una demanda, por lo que si la solicitud de factura no se ve atendida lo más habitual es que acabe claudicando.
El problema de aceptar este pago sin factura, sobre todo si el mismo se realiza mediante dinero en efectivo, es que a posteriori no tendremos medio para obligar al letrado a que extienda la oportuna minuta. Por lo tanto, si mi abogado no me da factura lo que debo hacer es no pagarle. Eso sí, habremos de dejar constancia a la mayor brevedad de que en modo alguno queremos desatender nuestras obligaciones para con él, sino que meramente exigimos ver correspondida con la pertinente factura el cumplimiento de nuestro deber de pago.
Por lo tanto, tras negarnos a pagar lo más adecuado es remitir un burofax al letrado pidiéndole que nos remita la factura, y comprometiéndonos a abonarla -de ser ésta correcta y adecuarse a lo pactado o subsidiariamente a lo que estipule para ese tipo de asuntos el colegio de abogados- en un bleve plazo de tiempo. Si pese a este requerimiento el abogado nos remite alguna nota volviéndonos a solicitar el pago sin aportar factura, deberemos acudir al colegio de abogados al que esté adscrito el letrado a fin de poner en conocimiento dicha situación.
¿Y si la factura del letrado no es correcta?
A veces el problema no tiene que ver con que el abogado no me da factura, sino con que los honorarios contenidos en la misma nos parecen totalmente desproporcionados. De ser así, debemos diferenciar entre el caso de que hayamos suscrito una hoja de encargo con el abogado o no. De haberlo hecho, en la misma tendrían que estar contenidas las cantidades que nos hemos comprometido a pagar por los servicios contratados, o en su defecto los parámetros para calcular éstas.
Si no hemos firmado hoja de encargo, deberemos hacernos con el libro de honorarios del colegio de abogados de la provincia (muchos se pueden conseguir por internet en formato pdf en la propia página web del colegio correspondiente) y comprobar el precio de cada servicio. Tengan en cuenta que si no se han pactado honorarios de forma expresa, el letrado no puede inventárselos luego unilateralmente y estará obligado a hacer valer los de referencia del coolegio profesional.