Pagar la rehabilitación en accidente de tráfico, teoría y práctica
¿A quién le corresponde pagar la rehabilitación en accidente de tráfico? ¿Y si la compañía de seguros se niega a pagar los gastos médicos qué puedo hacer?
Saber a quién le corresponde pagar la rehabilitación en accidente de tráfico no es siempre sencillo, y aún lo es menos conseguir que la asistencia sanitaria que reciba una víctima en accidente sea cuanto menos aceptable. Empecemos con la teoría:
Los gastos médicos derivados de accidente de circulación no los cubre la Seguridad Social, sino las aseguradoras. Por lo tanto, lo que deberemos buscar para realizar la rehabilitación será un centro concertado con las compañías de seguros. Normalmente el ochenta por ciento de los centros están concertados, pero siempre es preferible preguntar. En base al Convenio de Asistencia Sanitaria, se hará cargo en primera instancia de pagar las facturas médicas la compañía de seguros del vehículo donde viajaran los lesionados. Es por lo tanto mi seguro quien autoriza (o no) mi rehabilitación. Una vez ésta ha concluido, si la culpa del siniestro ha sido de otro vehículo, mi seguro repercutirá al seguro culpable, quien en última instancia deberá pagar la rehabilitación en accidente de tráfico.
Bien. Supongamos que mi compañía de seguros no autoriza mi rehabilitación, o bien sólo paga unas pocas sesiones al centro concertado y en consecuencia éste me da el alta, o se niega a sufragar una prueba u operación. ¿Qué podemos hacer aquí?. Si por ejemplo lo que nos niega nuestra compañía es la realización de una prueba u operación que nos pide el médico una opción a considerar es contactar con la aseguradora contraria. El razonamiento es: de todas formas ustedes acabarán pagando estas facturas. Si se hacen cargo ahora el lesionado curará antes y ese dinero se lo ahorrarán de la indemnización. Huelga decir que ante la perspectiva de ahorrarse dinero, las compañías de seguros pueden ser las entidades más comprensivas del mundo.
El problema es si la compañía nos suspende la rehabilitación o directamente se niega a dárnosla (porque entiendan que el accidente ha sido leve o cualquier otra de las excusas que últimamente ponen para no atender sus obligaciones). Como decimos, la opción de acudir a la Seguridad Social puede entrañar riesgos, ya que al tratarse de lesiones en accidente de tráfico no están cubiertas, y nos puede tocar a nosotros pagar la rehabilitación (aunque a fecha de hoy no me he topado con ningún caso en que haya pasado). Otra opción es sufragarse uno mismo la rehabilitación y tratamiento. Si uno dispone del dinero, no es la peor idea, aunque hemos de dejar claro que si cuando el lesionado acude al forense, éste en su informe no contempla como necesaria dicha rehabilitación, esos gastos que habremos tenido no nos los devolverá nadie. Hay una opción intermedia, que pasa por acudir a un médico privado especialista para que nos haga un informe. La visita no superará los 100 euros y si en dicho informe se indica que es preciso realizar una rehabilitación o tratamiento, podemos tener una mayor garantía de que lo que invirtamos en el mismo nos será devuelto por el seguro del responsable en el momento de cobrar la indemnización con un despacho de abogados de accidentes de tráfico en Tenerife.