La orden de alejamiento

orden de alejamiento _ FM abogados tenerife

En algunos procedimientos penales, sobre todo aquéllos que tienen como fin una situación violenta entre los litigantes, cabe que por el abogado de la víctima o en su caso por el ministerio fiscal se solicite una orden de alejamiento, de tal manera que el presunto agresor o denunciado no se pueda acercar ni dirigir a la víctima.

La orden de alejamiento se puede pedir de manera preventiva, como una medida provisional en lo que se celebra el juicio. En FM Abogados Tenerife solemos pedirla siempre en casos de violencia de género, para evitar que esos meses de tensión que van desde que la persona agredida denuncia y se celebra el juicio se produzca algún conflicto indeseado.

También se puede pedir en los juicios de faltas, en un contexto de peleas o amenazas, si bien en estos casos dicha orden de protección no puede durar más de seis meses.

Hemos de aclarar que la orden de alejamiento o protección puede -a petición de su abogado– venir sólo referida a lo que es la distancia física mínima entre agresor y agredido (500 metros suele ser lo habitual, salvo en caso de que ambos sean vecinos, en cuyo caso se trata de ajustarla a la mínima distancia posible que no impide que ambas personas puedan continuar en sus respectivos hogares o puestos de trabajo, o incluso a cualquier forma de comunicación de una persona con otra. Esto implicaría la imposibilidad de llamar, enviar mensajes o similares desde el móvil, o contactar a través de redes sociales o incluso de terceras personas. De lo que se trata es de evitar que -aun de forma indirecta- el agresor siga coaccionando o intimidando a la víctima.

Eso sí, y en FM Abogados Tenerife no nos cansamos de repetirlo: Si usted es víctima de violencia de género o de cualquier otro tipo de delito que implique que se ha dictado a su favor una orden de alejamiento respecto de su agresor, no permita usted un acercamiento de esa persona. No sería el primer cliente que permite a su agresor dirigirse a él y  ello implica para éste prisión por quebrantamiento de condena y para la propia víctima un descrédito de cara a solicitar en el futuro cualquier orden de protección o medida cautelar.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies

¿Has sufrido un accidente de tráfico?

déjanos pelear por ti - fm abogados