Gastos en accidente de tráfico, qué son y que no son
Cuando sufrimos un accidente, sobre todo si en el mismo resultamos con algún tipo de lesiones que nos incapacitan para desarrollar nuestras actividades habituales, es normal que acabemos teniendo una serie de gastos que no habríamos tenido de no haber tenido dicho percance en la carretera. Pero ¿cualquier desembolso tiene la consideración de gastos en accidente de tráfico?
Si hacemos un análisis precipitado podríamos pensar que sí, pero eso nos llevaría a situaciones extremas. Aquí va un ejemplo un poco sacado de tiesto, pero válido para que se entienda lo que quiero decir: Supongamos que tengo un accidente de tráfico en Tenerife, que un coche me ha atropellado mientras cruzaba la calle y me he roto la tibia y el peroné. En consecuencia me ponen una escayola y sólo puedo deambular apoyado en unas muletas. Pongamos que en mi vida habitual suelo comprar en un supermercado de las afueras, que es más barato, pero como no puedo conducir he de conformarme con hacer la compra en el abasto de la esquina, con el consiguiente incremento en el precio de la lista de la compra. Llevado a un extremo, podríamos considerar que dichos gastos suplementarios deberían tener la consideración de gastos en accidente de tráfico, pero de hacerlo así llegaríamos a extremos ciertamente surrealistas, como el del ejemplo.
Por lo tanto, se suele entender por gastos en accidente de tráfico aquéllos relacionados de forma directa con el siniestro y que hayan sido desembolsados en beneficio exclusivo del lesionado. Quiere esto decir que no tendrían tal consideración los gastos de transporte empleados por un familiar del accidentado que se desplaza para ayudarlo a hacer la comida, por poner un ejemplo.
¿Quién y cómo se pagan los gastos en accidente de tráfico?
Estos gastos los paga la compañía de seguros del responsable del siniestro. Por lo tanto, si ha decidido contratar los servicios de un abogado privado para la reclamación de su indemnización por lesiones debiera darle a dicho profesional los recibos acreditativos de los mismos. Digo esto porque en Abogados Tenerife nos hemos encontrado en bastantes ocasiones que cuando vamos a reclamar la indemnización por daños personales a un cliente y le preguntamos si tiene gastos que haya que reclamar también, nos dice que se los ha entregado a su agente de seguros, el cual a su vez se los ha dado a la compañía de seguros propia, la cual por su parte no ha hecho nada con ellos porque ha sido informada de que la reclamación la llevamos nosotros.
Los gastos en accidente de tráfico, pues, se lo pagarán juntamente con sus lesiones. Tenga presente, eso sí, que cuando el gasto venga referido a algo que se le rompió en el siniestro (las gafas, una chaqueta, el casco, etc) sólo le pagarán una parte de lo contemplado en la factura, por presuponerse un desgaste previo por el uso que le restaría valor. Asimismo, desde ya le informamos que la aseguradora contraria no va a pagarle tickets de taxi por valor de varios cientos de euros expedidos por el mismo taxista, así que si tiene intención de ir a rehabilitación en este medio de transporte varíe de chofer.