¿Tengo derecho a indemnización por accidente de tráfico?

¿En qué casos tengo derecho a indemnización por accidente de tráfico?

¿Tengo derecho a indemnización por lesiones en un accidente de tráfico? Le explicamos todos los casos y supuestos en que puede cobrar de la aseguradora

 indemnización por accidente de tráfico?

¿Tengo derecho a indemnización por accidente de tráfico? Es ésta una de las preguntas que más nos hacen a los abogados del ramo y sobre la que existe no poca confusión. ¿Puedo cobrar si soy el ocupante del culpable? ¿Y si soy un familiar del causante del siniestro? ¿Tiene derecho a indemnización el conductor culpable si el vehículo está asegurado a todo riesgo? ¿Qué pasa si no queda claro de quién es la culpa? ¿Y si el contrario se da a la fuga, o no tiene seguro, o da positivo en el control de alcoholemia? Son muchas las preguntas a resolver, pero vamos a tratar de darle respuesta a tantas como podamos (y si no, recordad que tenéis nuestros foros a vuestra disposición para preguntar todo aquéllo que queráis)

¿Tengo derecho a indemnización si iba de ocupante en el vehículo del culpable del accidente de tráfico?

Sí. Siempre. Partimos de la base -y esto es esencial para saber cuándo se tiene o no derecho a cobrar la indemnización- de que el ocupante nunca podrá ser el culpable del accidente, y sólo el culpable del accidente no tiene derecho a cobrar.

Por lo tanto, salvo que el siniestro se haya producido porque usted se abalanzó contra el volante y obligó al conductor a tener el accidente, usted cobrará por sus lesiones. Eso sí, debe tener en cuenta varias cosas:

  1. Como usted va a reclamar a la aseguradora del vehículo en que viajaba, ésta no le va a poner a su disposición un abogado, por lo que sí o sí deberá contratar un despacho de abogados externos.
  2. La única «pega» es que los honorarios de ese despacho de abogados no se los retornará el seguro, ya que la cobertura de libre designa sólo la tienen los ocupantes -y no todos, depende de la póliza- si se reclama a otro vehículo diferente, pero no para demandar a la propia aseguradora.
  3. Como decimos, tiene derecho a cobrar la indemnización por lesiones, pero con el nuevo baremo de tráfico si no hacía uso del cinturón de seguridad o del casco si el siniestro fue en moto pueden rebajarle de manera importante dicha indemnización.
  4. El hecho de que usted reclame contra el conductor de su vehículo no perjudica a éste en nada, salvo que el conductor diera positivo en alcoholemia o hubiera sido acusado por imprudencia temeraria. En la totalidad de accidentes «normales» todo se tramita por vía civil, así que el conductor ni perderá puntos ni se le retirará el carnet ni se le impondrá una multa.

¿Tengo derecho a indemnización si soy el culpable del accidente y tengo mi coche a todo riesgo?

No. Piense que la indemnización es una compensación que abona quien tiene la culpa de un siniestro (o más frecuentemente su seguro, en representación del causante) a las víctimas inocentes del mismo. Por lo tanto, usted no puede ser compensado económicamente por algo que ha causado usted.

Dicho esto, hay algunas pólizas de seguros que incluyen una indemnización para el conductor con independencia de la culpa, pero para el caso de que exista una lesión grave (normalmente incapacitante). Conviene, pues, que mire su seguro por si tuviera contratada esa cobertura.

¿Tengo derecho a indemnización si el culpable está envuelto en una de estas circunstancias?

  • Si el culpable da positivo en alcohol o drogas: Sí cobrará la indemnización, aunque tardará un poco más, ya que el procedimiento irá por vía penal. Tenga presente también que el seguro del causante tiene la obligación de indemnizarle, pero lo que le pague a usted luego se lo recobrará al causante del accidente. Esto es importante tenerlo en cuenta cuando el culpable del siniestro es familiar o amigo.
  • Si el causante del siniestro se da a la fuga o no tiene seguro: En ambos casos cobrará, y los dos con cargo al Consorcio de Compensación de Seguros. Meramente, eso sí, deberá acreditar que el accidente existió, que no fue culpa suya y que las lesiones derivan del mismo.
  • Si no queda clara la culpa. En casos en que hay versiones contradictorias los ocupantes siempre tienen derecho a cobrar, y en base a las últimas sentencias del Tribunal Supremo los conductores tendrían derecho en caso de no acreditarse quién es el culpable a cobrar por sus lesiones, aunque no por los daños de sus respectivos coches.

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