Defensa jurídica de Mapfre por accidente de tráfico
Nuevo protocolo de la defensa jurídica de Mapfre
Si ha sufrido lesiones en un accidente de tráfico y ha optado por dejar el tema en manos de la defensa jurídica de Mapfre, cuidado si recibe esta carta
Hoy queremos ocuparnos en Abogados Tenerife de la nueva política que al parecer está siguiendo el departamento de defensa jurídica de Mapfre. La verdad, no sé si es que con tanto cambio ya está uno asustado y ve cosas donde no las hay, pero es que de un tiempo a esta parte no paro de ver cosas raras.
Les explico el caso resumidamente: Me aparece un cliente nuevo por el despacho, que ha resultado con lesiones en accidente de tráfico. Le informo de los pasos que seguiremos en su nombre y rellenamos toda la documentación. Cuando se está levantando para irse, me dice como por casualidad: «¿Y qué hago con esta carta de Mapfre?»
La carta de Mapfre
A la derecha de estas líneas les copio una captura de la carta que el departamento de defensa jurídica de Mapfre le había enviado al accidentado. Dicha misiva a su vez iba anexada a otra en que se le hacía saber al señor que para iniciar la reclamación de indemización en la aseguradora era necesario que les remitiera una serie de documentos relativos al accidente de tráfico (informes médicos, facturas, documentos de baja, etc.
-Bueno -pensé- se tratará de algún modelo nuevo de designa, parecido al que los abogados hacemos firmar a los clientes para notificar a la aseguradora que nos hacemos cargo de su expediente.
Pero no.
El documento es una cesión que hace el accidentado a Mapfre para que -sin necesidad de ulterior consulta- puedan valorar los daños personales sufridos en el accidente de tráfico a través de informes médicos, y para que a su vez pueda la aseguradora calcular y reclamar la indemnización que a su juicio le corresponde al lesionado.
Atando cabos
Y un servidor, que es por deformidad profesional un mal pensado, se empieza a preguntar lo siguiente:
Habida cuenta de que por póliza ninguna aseguradora pone a disposición de sus asegurados un perito médico propio para la valoración de las lesiones, ¿a quién le estamos autorizando que muestre la defensa jurídica de Mapfre nuestros informes médicos para su valoración? Dicho de otra manera, si Mapfre nos derivara a un perito médico suyo (aunque la póliza no lo cubra) lo normal es que dicho médico nos hiciera firmar el consentimiento informado y la autorización para acceder a nuestros datos médicos (que es justo lo que hacen cuando nos visita el perito de la aseguradora contraria). Por lo tanto, salvo error lo que se pide en el documento adjunto es que el asegurado autorice a su propia compañía (Mapfre) para que a su vez le haga entrega a la compañía contraria de toda nuestra documentación médica, a fin de que el perito de la responsable elabore su informe pericial. Es por eso por lo que en el documento se indica que al cesionario (el asegurado) no se le comunicará las cesiones que a su vez haga Mapfre de la documentación entregada por aquél.
Pero como decía aquel pavoroso ratón de dibujos animados: no se vayan todavía, que aún hay más. El asegurado que opte por poner su reclamación por lesiones en manos de la defensa jurídica de Mafpre también está autorizando a la aseguradora a que ceda a terceros la potestad de calcular la indemnización a la que aquél pueda tener derecho. Partiendo de la base de que la valoración del daño se efectuará por el perito contrario, era de esperar que quien decida lo que le corresponda cobrar al accidentado sería a su vez un tramitador de la compañía contraria.
Dicho de forma clara: cabría interpretar de la lectura de este documento que la víctima de un accidente de tráfico le está dando a su aseguradora (Mapfre) permiso para entregar su documentación médica a la compañía de seguros contraria y a que ésta -sin intervención ni consulta al lesionado- sea quien determine cuánto se debe pagar como indemnización. Si a alguien se le ocurre otra interpretación, estaré encantando -y tranquilizado- de escucharla.
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