Novedades y reflexiones sobre la comisión de seguimiento del baremo
Ya se ha reunido la comisión de seguimiento del baremo de accidentes de tráfico, y estas son las opiniones / conclusiones de los representantes de víctimas

Ya se ha reunido la comisión de seguimiento del baremo de tráfico, casi un año y medio después de su entrada en vigor, a fin de solventar los errores y desajustes que unos cuantos ya advertimos incluso meses antes de dicha entrada en vigor. Y aunque es cierto que esta noticia que recoge Confilegal ya la hemos tratado en uno de nuestros monográficos esta misma semana, no me resigno a pasar por alto algunas cuestiones y comentarios.
Según resolución conjunta del Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia y del Director General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, de fecha 27 de Marzo de 2017, se ha designado a las doce personas que constituirán la comisión de seguimiento del baremo. Estas doce personas, entre las cuales sorprendentemente no se cuenta ningún médico ni mucho menos algún forense, pretenden abarcar todo el espectro de intereses que comprenden las indemnizaciones por lesiones en accidente de tráfico. Los criterios de los nombramientos son los mismos que se utilizaron con la comisión que redactó el baremo, o sea, en el mejor de los casos genéricos y unilaterales.
Así, en representación de los accidentados repite el compañero José Pérez Tirado, portavoz de las asociaciones de víctimas y director de un prestigioso despacho jurídico especializado en grandes lesionados, y Oscar Moral Ortega, asesor jurídico del CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad). Cabe deducir que ambos tienen sobrados conocimientos con respecto a las necesitades de los lesionados de gravedad, pero poco o ninguno respecto de la problemática del noventa y nueve por ciento de los lesionados, que por suerte no acaban requiriendo adherirse a una asociación de víctimas y/o de discapacitados por ser sus secuelas compatibles con el desempeño de su vida normal en mayor o menor medida.
Pues bien, como digo se ha reunido el 5 de abril de este año la comisión de seguimiento del baremo. Al igual que la que lo creó reúne en un lado a los representantes de todo el sector asegurador, y en otro a los de un uno por ciento de los afectados por accidentes de tráfico. Lo han hecho en un acto en el que según el redactor de Confilegal no se ha invitado a periodistas que pudieran preguntar sobre el presente y futuro de tan controvertida ley. A la salida, cuatro de los miembros de la comisión han reproducido alguna de las sugerencias y opiniones planteadas en la primera reunión.
Atenta la compañía: los artículos que se pretenden someter a revisión
Según Javier López García de la Serrana, abogado experto en responsabilidad civil:
“Hemos comentado que tanto la oferta motivada que deberían dar las aseguradoras, articulo 7 de la norma, como el 37.3, que habla de los informes médicos, generan problemas o el 135 y los informes concluyentes son cuestiones que se deben mejorar y que veremos en las próximas reuniones de trabajo”.
Sin dejar de estar de acuerdo con el compañero, no podemos dejar que un problema secundario (que las aseguradoras hacen trampas con las ofertas motivadas y salvo rarísimas excepciones no acompañan a las mismas copia del informe pericial médico en que se basan aquéllas) nos eclipse el problema principal: y es que hemos sustituido un modelo de reclamación basado en un informe médico objetivo y gratuito (el informe forense) por uno que dimana de un informe pericial de parte hecho al dictado y en base a los intereses de la parte económicamente más fuerte (la aseguradora) y que conmina a la víctima a someterse o bien a equipararse en gastos de representación y prueba respecto de una gran empresa. Este sistema, que es tolerable en casos de grandes accidentados, ya que los aproximadamente 600 euros que implica para el lesionado acudir a un perito médico privado son perfectamente asumibles -incluso por el propio bufete que lo representa- en el contexto de una indemnización importante, es totalmente inviable en aquellos casos -la inmensa mayoría- donde la indemnización media oscila sobre los 3.000 euros.
Déjenme que inserte dos pequeñas anécdotas para ilustrar el contexto de la cuestión: El otro día me comentaba una abogada de una de las más importantes aseguradoras del país que su mandante estaba remitiendo ofertas motivadas sin respaldarlas en peritaje médico alguno, sino siguiendo criterios directamente establecidos por el propio tramitador de siniestros. El problema, me decía, es que cuando les llegan las demandas se ven obligados a decirle a su perito médico que haga un informe que «cuadre» en la medida de lo posible con la oferta que ha hecho antes el tramitador, lo que en la mayoría de ocasiones no es factible.
Y otra: ya son varios los médicos forenses que conozco que -sobre todo los interinos- han de dejar su plaza y se están ofertando a quien les quiera pagar para hacer informes «de parte».
Por cierto, cuando el compañero habla de que está generando problemas la alusión a los informes concluyentes en caso de latigazo cervical del 135, quiero querer creer que está pensando en suprimir la frasecita en cuestión (yo suprimiría el artículo entero, pero debe ser porque no he entendido la complejidad del mismo), y que no se refiere a volver a supeditar el pago de indemnización por dolencias cervicales al resultado de informes de biomecánica, que así era la redacción inicial de dicho artículo hasta que el senado la modificó.
Pero sigamos con más opiniones de los miembros de la comisión de seguimiento del baremo. Sigue diciendo García de la Serrana:
“El Baremo era algo muy necesario. Hay interpretaciones que estamos viendo que no son correctas y es necesaria mucha formación para entender su propia complejidad para todos los operadores que afecta la norma, tantos médicos forenses, jueces, o abogados de las partes”. Sobre esa formación insiste en que sea leal “abierta todo el mundo que sean jornadas de formación y no de adoctrinamiento”
Visto lo visto, sin duda el baremo de tráfico era muy necesario…para las compañías de seguros. Al parecer el hecho de que desde la entrada en vigor del nuevo baremo las indemnizaciones en los accidentes no graves hayan descendido del orden del 40 por ciento y que la cuenta de resultados de las aseguradoras se haya disparado con indecentes beneficios no es culpa del baremo en sí, sino de que los profesionales que nos vemos forzados a utilizarlo NO SABEMOS APLICARLO.
Por su parte, José Pérez Tirado indica:
“hay que recordar que el pasado 1 de julio del 2015 desaparecieron los juicios de faltas y se despenalizaron los accidentes de tráfico. Nos hemos quedado sin un procedimiento que funcionaba bien y protegía a las víctimas. Una de las ideas que hemos aportado es la de trabajar en un procedimiento de reclamaciones de accidentes de tráfico. Creo que harían falta unas faltas civiles para proteger a las víctimas. Han perdido derechos con esta desaparición”.
Por una vez y sin que sirva de precedente, coincido con el compañero. Eso sí, nos equivocaríamos si lo único que hacemos es pergeñar un juicio verbal express para accidentados, sin abordar la razón principal por la que los juicios de faltas se mostraron como la herramienta ideal para reclamar la indemnización: la preponderancia del informe forense. Mientras dejemos la iniciativa de la reclamación al que pueda pagar un informe pericial privado el sistema seguirá decantándose hacia el más poderoso de los implicados
Asimismo, Oscar Moral, asesor jurídico del CERMI, dice:
«Es fundamental, como se ha comentado en esta primera reunión abrir un canal de comunicación con la sociedad y sus interlocutores de cara a recoger todas aquellas cuestiones o quejas que tengan que ver con el propio Baremo y su funcionamiento, eso ayudará también al funcionamiento de esta Comisión que acaba de ponerse en marcha. No vamos a transformar la ley sino realizar propuestas de mejora en el futuro y dar pautas de interpretación de algunas cuestiones, sin interferir en el trabajo de los tribunales”
A nivel particular, celebro la opinión del compañero de que se permita a víctimas no graves y los abogados de las mismas explicar dónde falla el baremo. De hecho, si nos hubieran escuchado antes, nos hubiéramos evitados no pocos problemas. Lo peor del caso es que por manifestaciones como las que anteceden pudiera uno pensar que no va a existir una reforma en profundidad de la norma, y que la comisión de seguimiento del baremo se va a limitar a asumir el papel de los altos tribunales, evitando que por vía jurisprudencial se interpreten los puntos conflictivos del baremo. Por cierto, en mi pueblo a dar pautas de interpretación de una norma jurídica se le llama interferir en el trabajo de los tribunales, seguramente porque no me he formado suficientemente por los cauces oficiales y no de adoctrinamiento.
Por último, subraya Oscar Moral (director jurídico de la asociación de personas con discapacidad):
Había una laguna importante y ahora se ha hecho un esfuerzo importante en adaptarse al nuevo entorno que vivimos. Otra cuestión es ver como se resuelven otro tipo de situaciones con lesionados de menor gravedad. Desde la Comisión haremos sugerencias para mejorar el sistema y que repare el daño producido en su integridad.
Más claro no se puede decir: tenemos un baremo que proteje mucho mejor que el anterior a los accidentados graves, y un año y pico después los representantes de las víctimas -seguramente más por referencias de terceros que por su propio día a día profesional- están empezando a sospechar que igual el otro noventa y mucho por ciento de los lesionados están pagando la factura de aumentar las indemnizaciones de sus representados, y ahora van a ver si pueden maquillar un poco el invento (ma non troppo…).