Honorarios de abogado en accidente de tráfico

honorarios de abogado en accidente de tráfico en Tenerife

Honorarios de abogado en accidente de tráfico a partir de julio de 2015

Con la nueva ley, ¿Cuáles son los honorarios de abogado en accidente de tráfico que se suelen pedir para poder reclamar mi indemnización frente al seguro?

Los honorarios de los letrados de derecho de la circulación como Abogado Accidente Tráfico Tenerife siempre han ido un poco al margen que el resto de los precios por servicios jurídicos. Así, si para iniciar un divorcio, o un desahucio, o redactar un contrato, el abogado solía establecer un precio fijo por todo el procedimiento, en lo tocante a la reclamación de indemnización por lesiones en accidente tradicionalmente los letrados siempre hemos ido a cuota litis.

El pacto de cuota litis, en esencia, entraña que el letrado no le cobra a su cliente una cantidad fija, sino que supedita sus honorarios a un porcentaje sobre el resultado final. Es aquello de si usted cobra cien yo le cobro diez, y si cobra doscientos le cobraré veinte. Para el cliente es una solución perfecta, ya que le ofrece las siguientes ventajas:

  1. No ha de pagar provisión de fondos alguna. Los honorarios se abonarán una vez éste cobre la indemnización, y sólo para el supuesto de que cobre.
  2. Los honorarios de abogado en accidente de tráfico serán proporcionales a lo que el lesionado cobre,
  3. El cliente tiene la percepción -totalmente acertada, por lo demás- de que como los honorarios de su abogado dependen del resultado, éste hará todo lo posible para que aquél cobre la máxima indemnización posible.

¿Este sistema de cuota litis ha variado con la nueva ley?

Es pronto para decirlo, pero me temo que en muchos despachos sí que va a alterarse el cobro de honorarios de abogado en accidente de tráfico.

Veamos: hasta julio de 2015 la reclamación por lesiones en accidente de circulación se llevaba a través de la vía penal, concretamente por el cauce de los llamados juicios de faltas. Estos juicios de faltas tenían la particularidad de que resultaban muy económicos para el accidentado, ya que no precisaban más que de la gestión del abogado (de hecho, ni tan siquiera la participación de éste era preceptiva). Así, tras interponer la oportuna denuncia -sin necesidad de procurador- el accidentado era visitado por el médico forense, el cual -de manera gratuita- emitía un informe que era utilizado para alcanzar un acuerdo con el seguro o ir a juicio.

Dentro de ese contexto, los honorarios de abogado en accidente de tráfico se podían arbitrar en forma de porcentaje, ya que el procedimiento judicial no entrañaba gasto alguno destinado a otros profesionales. Además, el riesgo de insolvencia de una compañía de seguros que diera al traste con una indemnización es nulo, ya que en caso de quiebra de la aseguradora respondería de sus deudas el Consorcio de Compensación de Seguros. Por lo tanto, a la que el letrado se cerciorase de que su cliente no tenía la culpa exclusiva del siniestro, la posibilidad de no rentabilizar el asunto para dicho profesional era bajísima.

¿Los porcentajes de cuota litis que se manejaban hasta hace poco? Entre el 10 y el 30 por ciento se solía mover el tanto por ciento que solicitaban los despachos hasta la reforma del código penal, siendo el 15 por ciento el que más se utilizaba en los últimos tiempos.solo cobramos

Un inciso…

Hay que decir que hasta relativamente poco se daba una curiosa circunstancia: los colegios de abogados tenían prohibida la utilización del pacto de cuota litis, pero el cien por cien de los letrados expertos en accidentes lo utilizaban. Los colegios profesionales esgrimían que ir a porcentaje nos convertía en una especie de socios de nuestros clientes, y que dicha circunstancia de alguna manera menoscababa nuestra objetividad. Por suerte poco a poco la lógica se va imponiendo y los honorarios de abogado empiezan a tener la consideración de lo que son: el precio por un servicio dentro de un mercado competitivo. En consecuencia, es lógico que cada profesional fije de manera libre y no condicionada los precios que considere apropiados para recompensar dicho servicio.

Además, si los honorarios de abogado en accidente de tráfico fueran los que nos propone nuestro respectivo colegio de abogados, no podríamos indicarle al cliente que acude a nuestra consulta lo que nos debe pagar, ya que en la mayoría de casos aún no se puede saber cuánto va a cobrar, por no tener ni el alta médica. Si tuviéramos que fijar nuestro precio en base a los parámetros que nos da nuestro Colegio, debiéramos introducir más de una docena de variables a la hora de informar al cliente sobre el costo de nuestros servicios (tanto por interponer la demanda, tanto por cada escrito, una minoración si se alcanza un acuerdo amistoso, equis por cada sesión de juicio, un complemento en caso de apelación, etc)

¿Cuáles son los honorarios de abogado en accidente de tráfico desde el 1 de julio de 2015?

Vale. Decíamos que mientras la reclamación de indemnización por lesiones se llevó por la vía del juicio de faltas los abogados cobraban un porcentaje. Pero desde el verano de 2015, con la reforma del código penal, se han despenalizado la inmensa mayoría de estos temas. Esto quiere decir que salvo que en el accidente concurra alcoholemia o imprudencia temeraria, o bien las lesiones sean muy importantes, el procedimiento a seguir será el de un juicio civil.

Y en un juicio civil nos encontramos con que además del abogado necesitamos un procurador y un perito médico, esto es, hay que contratar dos profesionales que nos «ahorrábamos» con el antiguo sistema. Esto implicará que cuando pidamos presupuesto nos indiquen que los honorarios de abogado en accidente de tráfico siguen siendo un porcentaje X sobre la indemnización final, pero que hemos de adelantar unas cantidades fijas para el procurador y el valorador o perito médico.

¿Y a cuánto pueden ascender dichos importes? Pues en el caso del procurador, para una reclamación media de 3.000 euros (lo que vendría a ser un latigazo cervical de toda la vida) igual nos pide unos 200 euros. El perito médico «pica» más (En Tenerife están cobrando entre 500 y 700 euros por elaborar el informe pericial y acudir a juicio a defenderlo). O sea, será lo más habitual del mundo que se nos pida una provisión de 900 euros, pagadera por adelantado, amén del porcentaje que luego nos cobre el letrado. Y esto, en indemnizaciones pequeñas o medianas puede resultar, si no antieconómico, sí un poco difícil de asumir por el accidentado.

En el caso de FM Abogados Tenerife, sabedores desde hace meses de que la situación en la que ahora nos encontramos era inevitable, hicimos los deberes y hemos incorporado una consulta médica a nuestras instalaciones, de tal manera que en nuestra plantilla contamos con peritos médicos. De esta manera, podemos ofrecerle al lesionado la posibilidad de gestionar su indemnización a cambio de una cuota litis del 15%, la cual le incluye abogado, medico y procurador. El cliente no ha de adelantar ni un céntimo y por el porcentaje por el cual en otros despachos sólo le ofrecerán los servicios de un abogado, con nosotros tendrá contratado todo el «pack» preciso para cobrar del seguro.

Obviamente, una solución como la que nosotros estamos ofreciendo sólo la podrán llevar a cabo aquellos despachos con una cartera importante de clientes. Me temo que los despachos pequeños o medianos, o los que no estén especializados e accidentes de tráfico, no podrán ofrecer a sus clientes un servicio funcional y económicamente atractivo.

 

 

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