El informe forense: definición
Antes de nada, debiéramos dejar claro qué es y qué no es un informe forense, ya que en Abogados Tenerife estamos detectando que parte de la ciudadanía no tiene de todo claro el concepto (debido en gran parte a una información tergiversada vertida por elementos cercanos a las compañías de seguros). El informe forense es aquel que emite el médico forense. Y el médico forense es un profesional que SÓLO ejerce su función en el juzgado tras superar una oposición bastante dura. Digo esto porque algunos médicos valoradores de las aseguradoras están induciendo de forma consciente al error a los accidentados hablando de sí mismos como forenses privados.
El informe forense se diferencia básicamente del informe médico de un perito valorador privado en que tiene una presunción de objetividad. El forense no se debe a ningún interés partidista a la hora de elaborar su dictamen y en consecuencia tiene un peso específico muy superior al de un informe privado cuando se llega a juicio. Otra diferencia esencial es que el informe forense es gratuito, la parte que lo solicita no ha de desembolsar cantidad alguna, mientras que el informe privado suele tener un coste (en Tenerife por un informe y su posterior ratificación en juicio los valoradores del daño corporal están cobrando entre 500 y 600 euros)
Estas son las razones por las que los abogados privados de accidentes de tráfico solicitamos en primera instancia la intervención del forense y sólo cuando ésta no es posible (por habérsele pasado el plazo al cliente para ejercitar sus derechos o porque el informe forense consideremos que no se ajusta a las lesiones del accidentado) recurrimos a un perito médico.
¿Cómo se pide el informe forense?
Es muy sencillo: para solicitarlo meramente hay que interponer una denuncia contra el presunto causante del accidente de tráfico y su compañía de seguros y entre otros extremos solicitar ser visitado por el médico forense del juzgado más próximo al domicilio del accidentado. Dicha denuncia hay que interponerla en el juzgado de guardia del lugar donde ocurrió el siniestro (no sirve la que se interponga en la policía o ante la unidad de atestados)
Desde dicha interposición de denuncia, en un plazo de uno-dos meses recibirá una citación del juzgado para acudir al forense. Volvemos a insistir en que el forense ni concierta las citas telefónicamente ni le emplazará a ser examinado en una consulta privada.
Una vez se emite el informe forense, ¿qué debo hacer?
Lo ideal es que usted no hiciera nada y se encargara de este proceso un abogado privado de accidentes. El sistema es el siguiente: una semana después de ser visitado por el forense y salvo que éste le exprese que quiere volverle a ver de nuevo, el expresado profesional entrega una copia su informe en el juzgado que lleva el asunto. Se trata de acudir al juzgado y fotocopiar el informe forense, baremizarlo (convertirlo en una reclamación económica en base al baremo de tráfico vigente ese año) y lanzar la reclamación a la compañía de seguros.