El contrario no dio parte

El contrario no dio parte a su compañía de seguros

Sucede más veces de lo que podamos pensar: sufrimos un accidente de seguros, el otro conductor asume su culpa, pero cuando vamos a peritar el coche o reclamamos por nuestras lesiones nuestra aseguradora nos dice que el contrario no dio parte

el contrario no dio parte a su seguro en Tenerife

No son pocas las consultas que recibimos en Abogados Tenerife y que tienen que ver con este tema: nuestro cliente no puede reparar su coche o acudir a un centro de rehabilitación o reclamar su indemnización por lesiones porque el contrario no dio parte a su aseguradora. La pregunta, lógicamente, es: ¿qué se puede hacer en estos casos?

Pues como casi siempre la respuesta dependerá de varios factores: de si somos conductores, ocupantes o peatones, de si hubo o no atestado, de si se firmó un parte amistoso o no, de si hay lesiones, etc.

En cualquier caso, si el contrario no dio parte a su seguro lo primero que hemos de hacer es enviar una reclamación a dicha aseguradora, indicando todos los datos que poseamos respecto del siniestro (si tenemos copia del parte de accidentes o del número de atestado, mejor). La aseguradora contraria necesita esta reclamación para aperturar el siniestro. Se entiende por aperturar el siniestro que se le asigne por la compañía número de referencia, tramitador y una reserva (una cantidad de dinero que el seguro contrario inmoviliza prudencialmente para atender nuestro caso). Cuando la aseguradora apertura el siniestro en base a la reclamación del perjudicado lo primero que hace es contactar con su asegurado para que les indique si él -o un conductor autorizado- ha sufrido dicho accidente de tráfico  y en caso afirmativo si la dinámica del siniestro es como la relata el perjudicado.

Si el presunto culpable asume su intervención en el accidente de tránsito y comparte la versión de la víctima, el procedimiento se «normaliza» y ya será factible peritar y reclamar tanto los daños materiales como -de existir- los daños personales. Pero si éste niega su culpa o incluso la propia existencia del accidente deberemos introducir otra variable: ¿se cumplimentó en su momento un parte amistoso de accidentes? ¿existe un atestado? ¿contamos con testigos fiables y ajenos a nuestro entorno afectivofamiliar que puedan acreditar con su testimonio la existencia y dinámica del siniestro?. Si hemos respondido afirmativamente a al menos una de las tres preguntas anteriores (sobre todo a una de las dos primeras) el hándicap de que el contrario no dio parte a su seguro puede tener solución. En otro caso podemos tener un problema serio.

Y las consecuencias de ese problema serio son de lo más variopinto, en función de qué estemos reclamando: si somos por ejemplo los propietarios del coche o moto contraria y no tenemos nuestro vehículo asegurado a todo riesgo nos encontraremos con que tenemos que pagar la reparación y que muy probablemente no podremos reclamarla con garantías al contrario. En todo caso se puede recurrir a una pericial para tratar de determinar si el golpe que hemos sufrido es coincidente en forma y restos con el del presunto culpable, aunque difícilmente podremos acceder a dicho vehículo.

Si el contrario no dio parte y hemos resultado con lesiones tendremos en todo caso que acudir a un procedimiento penal y -para el caso que no consigamos demostrar la autoría del accidente- hacer una reclamación subsidiaria al Consorcio de Compensación de Seguros.

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