Cuando se produce un accidente de Tráfico en Tenerife, es del todo recomendable que con carácter inmediato se solicite que una unidad de Atestados se persone en el lugar de los hechos, así como, en caso de haberse producido con víctimas asistan los servicios médico sanitarios correspondientes.
Según donde se haya producido el accidente, asistirá o bien una unidad de la Policía Local o bien una dotación de la Guardia Civil de Tráfico. Para realizar el presente artículo, hemos tomado como base el Informe y o Atestado de la Guardia Civil, cuyas apartados más imprescindibles les relacionamos a continuación:
1.- Diligencia de conocimiento del hecho: En este apartado los agentes actuantes informaran de que el hecho ha sido notificado por el centro coordinador de emergencias 112 o si se ha producido por llamada realizada por uno de los implicados o testigos del siniestro.
2.- Diligencia de identificación / Manifestación y traslado de heridos: Esta diligencia recoge la identificación de los lesionados en el accidente e informa de a qué centro médico de urgencias serán trasladados.
3.- Diligencia de Inspección ocular: como su nombre indica, en la práctica de esta diligencia se realiza una inspección ocular de las condiciones y circunstancias en general del siniestro, es decir, huellas de frenada, condiciones atmosféricas, visibilidad y estado de la calzada, señalización, posición de los vehículos u otros elementos que pudieran haber sido relevantes en el siniestro.
4.- Diligencia de Información de derechos: Este apartado es precisamente el que muchos de los lesionados en accidentes de Tenerife desconocen del todo. En la Diligencia de información de derechos es precisamente donde se nos informa de que contamos con SEIS MESES para interponer la oportuna denuncia reclamando los daños que nos hayan ocasionado.
5.- Diligencia de Identificación de los conductores implicados. En este apartado se contemplaran el nombre, DNI, domicilio, permiso de conducir (vigencia) y teléfonos de contacto.
6.- Diligencia de Identificación de Vehículos: Además de la marca, modelo y matrícula, se identificará el número de póliza de seguros, compañía y si está en vigor. Caso de que el vehículo sea propiedad de un tercero no implicado, como por ejemplo un Rent a Car, se hará constar los datos de su titular.
7.- Diligencia de Manifestación de los conductores: Se tomará nota de la versión de cada uno de los conductores implicados en el siniestro.
8.- Diligencia localización de daños en los vehículos.
9.- Diligencia de retirada de vehículos: Se hará constar el depósito municipal, taller o desguace, según proceda.
10.- Diligencia de Croquis: Se realiza un esquema gráfico vector sobre la vía y la posible reconstrucción del siniestro con la posición final de los vehículos implicados.
11.- Diligencia Fotográfica: Se toman imágenes desde diferentes ángulos y perspectivas de la vía, así como de la posición de vehículos y de los daños de los mismos.
12.- Diligencia de Parecer de la Fuerza Instructora: Este es el apartado, sin menospreciar los anteriores, donde radica la importancia del Atestado, es donde la responsabilidad recae sobre uno o varios conductores, es decir, aquí es donde se hará constar de quién ha sido la culpa del accidente de tráfico y por lo tanto contra quién se debe reclamar la responsabilidad penal y civil.
13.- Diligencia de Remisión a Juzgado: La diligencia de remisión solo se practica si ha habido heridos o lesionados en el accidente, de lo contrario meramente queda como Diligencia de Informe en las dependencias de la Guardia Civil, pero no se remite a juzgado alguno, quedando a disposición de cualquiera de los implicados en dichas dependencias.
La Guardia Civil de Tráfico en Tenerife, tiene además un horario de atención a abogados, que nos permite acudir a solicitar, en nombre de nuestro cliente lesionado en accidente, copia del atestado instruido.