Procedimientos de familia derivados del Covid 19 a precios de desescalada

El estado de alarma/confinamiento decretado para combatir el COVID 19 ha generando una serie de incidencias que afectan a las obligaciones familiares.

En previsión de que estas incidencias acaben solventándose en los tribunales, el RD 16/2020 ha habilitado una serie de procedimientos especiales de familia, que en concreto se ocuparán de las siguientes cuestiones:

Modificación de pensión de alimentos o compensatoria a causa de disminución de ingresos por ERTE o despido por el coronavirus

Compensación/corrección por las irregulares o incumplimientos en la custodia de los hijos con motivo del confinamiento por estado de alarma.

Conscientes de la dura situación económica que se avecina, y fieles a nuestra política de honorarios ajustados, en FM Abogados  hemos fijado con carácter excepcional y únicamente para los asuntos descritos unos precios cerrados e incomparablemente bajos.

Modificación de medidas

Procedimiento para solicitar (o contestar a) una reducción de pensión de alimentos o compensatoria fijada en Sentencia de Divorcio o Guarda y Custodia
150 Tres cuotas (precio total 450 €)
  • Incluye abogado
  • Incluye procurador
  • Incluye IGIC
Garantizado

Ejecución de sentencia

Procedimiento para buscar una compensación en casos en que la custodia de los hijos se ha visto alterada por el estado de alarma
140 Tres cuotas (precio total 420 €)
  • Incluye abogado
  • Incluye procurador
  • Incluye IGIC
Garantizado

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procedimientos especiales de familia por covid 19 - fm abogados

¿Qué procedimientos se incluyen en esta oferta?

Modificación de pensiones

La ley establece la posibilidad de modificar el contenido de una sentencia de divorcio o guarda y custodia si cambian las circunstancias en base a las cuales se dictó aquélla.

Dicho de otra manera, cuando se fija una pensión de alimentos se tiene en cuenta tanto la capacidad económica del progenitor que la tiene que abonar como la del que la recibe para administrarla en beneficio de los hijos. Lo mismo cabe para las pensiones compensatorias entre cónyuges.

La situación actual, donde a consecuencia del estado de alarma fruto de la pandemia propiciada por el coronavirus COVID-19 se han cerrado provisional o definitivamente negocios y empresas, o se ha procedido a congelar contratos vía ERTE o directamente a despedir a trabajadores, conlleva que las circunstancias económicas de muchos ciudadanos se hayan visto alteradas.

Esta alteración, de revestir la suficiente gravedad y permanencia en el tiempo, implicará que o bien no se puedan cumplir con las pensiones de alimentos fijadas, o bien que sea preciso que el progenitor que conserve el empleo aumente la fijada en su día.

Para «recalcular» las pensiones, es necesario iniciar un procedimiento de modificación de medidas.

El Real Decreto 16/20 ha creado un procedimiento específico para que las personas que se encuentren en la situación descrita puedan iniciar con la máxima celeridad posible estos trámites.

Compensación por irregularidades en la custodia

También se incluye en el indicado decreto un procedimiento específico para corregir los «incumplimientos forzosos» que en relación con la custodia de los menores se hayan podido producir.

El caso más frecuente haría referencia al progenitor que pese a tener la custodia compartida ha visto que como el confinamiento coincidía con su periodo de custodia los niños se han quedado en su domicilio todo el tiempo.

Este exceso de tiempo (con el consiguiente gasto extra) obviamente se ha de compensar de alguna manera, y para ello se puede utilizar este procedimiento.